La Ley de Presupuestos Generales del Estado nos trae importantes cambios en el ámbito tributario, toma nota de 10 novedades tributarias en 2023:
- En el IRPF
- Reducción de IRPF a trabajadores y pensionistas: Se incrementa la cuantía de salario bruto anual a partir de la cual se empieza a pagar dicho impuesto, desde los 14.000 € anuales vigentes en la actualidad hasta los 15.000 € anuales.
- Obligados a declarar: Se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo a 15.000 € anuales.
- Autónomos: Se eleva al 7% el porcentaje de gastos deducibles en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación.
- Deducción por maternidad: Podrán deducirse 1.200 € por los hijos de 0 a 3 años tanto las madres trabajadoras como las que estén en desempleo.
- En IVA
- Créditos incobrables: Se rebaja a 50 € el importe mínimo de la base imponible de la operación cuando el destinatario moroso tenga la condición de consumidor final. Se establece la posibilidad de sustituir la reclamación judicial o requerimiento notarial previo al deudor por cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro a este deudor.
- Rebaja del IVA en productos: Pasan a tributar al tipo impositivo reducido del 4% en lugar del 10% los tampones, compresas y protegeslips, así como los preservativos y otros anticonceptivos no medicinales
- En Impuesto de Sociedades
- Empresas de reducida dimensión: Se rebaja un 2% el tipo de gravamen aplicable a aquellas entidades que tengan un importe de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 € en el periodo impositivo anterior, pasando a aplicarse el 23% en lugar del 25%
- Amortización de vehículos: Podrán amortizarse multiplicando por 2 el coeficiente de amortización máximo previsto en las tablas
- Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
- Se actualizan los importes de los coeficientes máximos
- Aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias
- Se amplían plazos de aplazamientos.
- Aplazamientos sin garantías hasta 12 meses.
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