¿Necesitas conciliar tu vida laboral y familiar? La adaptación de horario por conciliación familiar te permite ajustar tu jornada laboral para atender tus responsabilidades familiares. Descubre cómo solicitar este derecho, cuáles son sus condiciones y los beneficios que puedes obtener.

Índice de contenido
¿Qué es la adaptación de horario por conciliación familiar?

¿Quiénes pueden solicitar la adaptación de horario? ¿Cuáles son las condiciones?

¿Qué beneficios tiene la adaptación de horario por conciliación familiar?

¿Cómo solicitar la adaptación de horario?

¿Qué es la adaptación de horario por conciliación familiar?

La adaptación de horario por conciliación familiar es un derecho que tienen los trabajadores para solicitar cambios en la duración y distribución de su jornada laboral. Esto les permite ajustar su horario de trabajo para poder atender sus responsabilidades familiares de manera más efectiva. Esto queda recogido por la ley en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, donde queda expuesto el derecho de los trabajadores a solicitar la adaptación de la duración y distribución de la jornada laboral para conciliar la vida familiar y laboral. Por ejemplo, para cuidar de un hijo.

¿Quiénes pueden solicitar la adaptación de horario? ¿Cuáles son las condiciones?

Todos los trabajadores tienen derecho a solicitar la adaptación de horario por conciliación familiar, pero se deben cumplir alguno de estos puntos:

  • Tener hijos menores de 12 años
  • Tener a nuestro cargo un familiar o personas dependientes que necesiten cuidados, como cónyuge, pareja de hecho, hijos mayores de 12 años o familiares de hasta segundo grado de consanguineidad.
Familia disfrutando de la adaptación de horario por conciliación familiar que permite pasar más tiempo con los seres queridos

La conciliación laboral y personal son fundamentales para que los trabajadores estén cómodos y felices en su puesto laboral, sin perderse partes de su vida personal.

¿Qué beneficios tiene la adaptación de horario por conciliación familiar?

La adaptación de horario por conciliación familiar permite a los trabajadores organizar su tiempo de trabajo de una manera que se ajuste a sus necesidades familiares y que permita la conciliación laboral y familiar. Esto les da la oportunidad de dedicar más tiempo a sus seres queridos sin tener que descuidar sus responsabilidades laborales. Estos son algunos de sus principales beneficios:

  • Mayor equilibrio entre vida personal y laboral.
  • Reducción del estrés y mejora de la calidad de vida.
  • Mayor compromiso y productividad en el trabajo.

De esta forma, un trabajador que necesite estar al cuidado de un familiar puede solicitar esta adaptación para teletrabajar desde casa, por ejemplo, o para cambiar el horario de su trabajo si esto es posible.

¿Cómo solicitar la adaptación de horario?

Esta solicitud para adaptación del horario por conciliación familiar debe presentarse por escrito, teniendo en cuenta que hay convenios colectivos que versan sobre el tema, en cuyo caso hay que seguir ese procedimiento, y de no ser así lo recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Este recoge que la empresa debe priorizar la negociación con un plazo máximo de 15 días. Si pasa el plazo y no hay respuesta por parte de la empresa, se entiende como aprobada, y si queda denegada, se debe presentar una propuesta alternativa que pueda cumplir con el objetivo de conciliación del trabajador, o denegarla con un motivo justificado. En cualquier caso, el trabajador no queda desprotegido, y se cuenta con 20 días hábiles desde que se deniega la solicitud para interponer una demanda ante el Juzgado de lo social y poder resolver el conflicto. En Asesoranza, entendemos la importancia de la conciliación laboral y familiar, y estamos aquí para apoyarte en el proceso de adaptación de horario. No dudes en contactarnos para obtener más información sobre cómo solicitar un cambio en tu horario laboral para poder dedicar más tiempo a tus seres queridos. ¡Tu bienestar y el de tu familia son nuestra prioridad! Fuentes: https://www.boe.es/biblioteca_juridica/abrir_pdf.php?id=PUB-DT-2024-139 https://www.lasprovincias.es/economia/trabajo/trabajadores-derecho-cambiar-horario-teletrabajar-cuidar-hijos-20240910004106-nt.html?ref=https%3A%2F%2Fwww.lasprovincias.es%2Feconomia%2Ftrabajo%2Ftrabajadores-derecho-cambiar-horario-teletrabajar-cuidar-hijos-20240910004106-nt.html  https://www.iberley.es/legislacion/articulo-34-estatuto-trabajadores 

Sobre Mónica Lancha: Como Socia-Directora del Departamento Jurídico – Laboral de Asesoranza, ofrezco asesoría jurídica integral en materia laboral, tanto a nivel preventivo como contencioso. Con una amplia experiencia en la dirección técnica de asuntos laborales, también garantizo la defensa de los intereses de mis clientes ante la Jurisdicción Social e Inspección de Trabajo. Una parte de mi carrera ha estado enfocada en los Recursos Humanos, y por ello siento también interés en explorar esta faceta.