La inclusión en una lista de morosos supone afrontar una situación poco recomendable que impide la concesión de un crédito, entre otros aspectos. En este artículo vamos a ver en qué consiste este tipo de lista y cómo salir de ella.

¿Qué son las listas de morosos?

Unas bases de datos en la que se registra el nombre de aquella persona que tiene una deuda con una entidad financiera, con una empresa de suministros (de luz o gas normalmente) o con una compañía de telefonía. El objetivo es advertir a los bancos o empresas que ofrezcan los servicios que adeuda la persona de los problemas que va a tener para cobrar las facturas o los plazos estipulados.

Para incluir a una persona en una lista de morosos ha de tener una deuda mínima de 50 euros. Sin embargo, antes de añadir el nombre es obligatorio informar a la persona interesada de este hecho (algo que no suelen cumplir múltiples compañías). En algunos casos, también se incorpora el nombre de una persona que ha presentado una reclamación contra la compañía por no considerar justa la cantidad que debe abonar debido a múltiples motivos.

¿Qué listas de morosos existen?

Aparte de las particulares de cada empresa, hay tres que son las más consultadas en España, se trata de:

  • La lista de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE). Aunque se considera una lista de morosos, en realidad funciona más como una base de datos que permite conocer la información crediticia de una persona.

  • La de la Asociación Nacional de Entidades de Financiación (ASNEF). Es la que ofrece, como se comenta posteriormente, cumplida información sobre cada deudor.

  • La del Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI).

¿Cómo saber si estoy en una lista de morosos?

Es suficiente con acceder a la página web de la ASNEF, buscar el fichero de consulta rápida, descargarlo y enviarlo. Debe acompañarse de una copia del CIF, NIE o DNI a la dirección de la asociación. En un plazo máximo de un mes se recibe una resolución que permite al deudor comenzar el proceso que estime oportuno.

Debe valorarse que la duda viene provocada por el incumplimiento del protocolo de la ASNEF que consta de los siguientes pasos:

  • La empresa que quiere incluir el nombre del deudor debe avisar 30 días antes por correo postal, incluyendo en su notificación el código de la deuda y cómo abonarla. De no ser así, es posible presentar una reclamación.

  • Si la persona no responde, su nombre estará hasta seis años en la lista.

El empleo del correo postal puede provocar que un cambio de domicilio, un error en la información o un problema en la entrega termine por dar por notificada la resolución sin que la persona interesada tenga constancia de su inclusión en el mencionado fichero.

En todos los casos prevalece lo indicado en la Ley Orgánica de Protección de Datos, texto legal que reconoce que los deudores tienen derechos muy específicos para rectificar su información o para solicitar que se borre su nombre de la lista en la que esté incluido. Uno de esos derechos es poder consultar de forma eficaz y sin coste si se forma parte de uno de estos listados. En todo momento se mantiene el derecho de reclamar y denunciar prácticas abusivas.

¿Se puede salir de la lista de morosos?

Lo normal es que las empresas responsables apuesten por el envío con acuse de recibo para confirmar, así que la notificación ha llegado a su destinatario. A partir de ahí, este tiene las siguientes opciones para salir de la lista:

  1. La primera, y posiblemente una de las más utilizadas, es la de reconocer la deuda en cuanto se recibe la carta. Es entonces cuando se puede plantear un plan de pago o cualquier otra opción, pero esta fórmula conlleva la eliminación inmediata del nombre en la lista.

  2. La segunda es esperar seis años hasta que la deuda prescriba. Durante este periodo de tiempo será bastante complicado contar con suministros básicos o solicitar algún tipo de crédito.

  3. La tercera es pagar, en algún momento de esos seis años, la deuda y enviar una notificación a la empresa acompañada del justificante de pago correspondiente.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, y también la posible complicación de cada caso particular, es recomendable contar con el apoyo de un despacho de abogados especializado. El objetivo no es otro que depurar responsabilidades y encontrar una manera de saldar la deuda real teniendo como base el contrato de servicios que se firmase. En Asesoranza contamos con expertos que consiguen solucionar el problema de manera adecuada y en un plazo relativamente corto. Todo sea por evitar aparecer en una lista de morosos y por evitar problemas con empresas con las que, de una forma o de otra, se debe mantener una relación comercial permanente.