Los padres de al menos dos hijos con una pensión contributiva reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 podrán reclamar el complemento de maternidad que, originalmente, la normativa destinaba solo a las mujeres.

Fue el pasado 17 de febrero de 2022 cuando el Tribunal Supremo reconoció el carácter retroactivo de este complemento, frente a la interpretación de la Seguridad Social, que entendía que solo debía reconocerse a partir de la sentencia europea de diciembre de 2019.

De esta forma, siguiendo el criterio fijado por el Alto Tribunal, los hombres podrán solicitar este complemento, en la misma medida que las mujeres, siempre que cumplan con los requisitos marcados:

¿Cuáles son los requisitos?

Hay dos requisitos clave:

  1. Ser padre de dos o de más hijos.
  2. Haber accedido a la pensión contributiva (jubilación ordinaria, jubilación forzosa anticipada, viudedad o incapacidad permanente) entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. 

Esto supone que aquellos que vieron reconocida la pensión contributiva antes del 1 enero de 2016 o después del 4 de febrero de 2021 no podrán reclamar dicho complemento.

¿Cómo debo solicitar el complemento?

El procedimiento será distinto en función de si ya existe una reclamación o si aún no se ha reclamado. Si ya has presentado la reclamación, y estabas a la espera de respuesta, no hay que hacer nada más. Lo marcado por la sentencia europea y el criterio del Tribunal Supremo es una interpretación que los tribunales deben seguir y, por tanto, la resolución deberá conceder este complemento.

Por el contrato, si aún no se ha reclamado, el procedimiento es el siguiente:

  1. Solicitar el complemento de la pensión que tiene reconocida. Servirá cualquier escrito en el que el pensionista solicite claramente dicho complemento de maternidad.
  2. Recopilar documentación como resolución del reconocimiento de la pensión, DNI y libro de familia o, en su caso, certificado de nacimiento de los hijos.
  3. Presentarlo ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, ya sea de forma presencial o telemática.
  4. Si la petición es denegada, conviene presentar una reclamación administrativa previa.
  5. Si la reclamación previa también es desestimada, habrá que presentar una demanda contra el INSS.

Recordemos que el pasado mes de marzo de 2022 el TSJ de Cantabria dictó la primera sentencia que reconocía el complemento de maternidad a un padre desde la fecha de su jubilación, siguiendo así el criterio del Tribunal Supremo.