Con la entrada en vigor el 28 de octubre de 2021, del Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre, por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, han surgido algunas dudas. De esta forma se prorroga el denominado «escudo social» hasta el 28 de febrero de 2022.

Las principales medidas de esta norma son las siguientes:

Medidas extraordinarias aplicables a situaciones de vulnerabilidad económica y social

Con el fin de garantizar el suministro de agua, electricidad y gas natural, se mantienen las medidas de protección de los consumidores vulnerables, en línea con el marco efectivo desarrollado para identificar y reducir de forma estructural el fenómeno de la pobreza energética.

Asimismo, permanece en vigor temporalmente la definición ampliada de «consumidor vulnerable», a los efectos de la percepción del bono social de electricidad y la protección especial frente a la interrupción del suministro.

→ Hasta el 28 de febrero de 2022 inclusive, no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.

Medidas en materia de vivienda

En materia de vivienda, continúa la suspensión temporal de los procedimientos de desahucio y los lanzamientos para hogares sin alternativa habitacional. Por su parte, los arrendadores y titulares de viviendas afectados por esta suspensión extraordinaria podrán solicitar la compensación hasta el 30 de noviembre -modificándose también el Plan de Vivienda Estatal 2018-2021 para poder hacer frente a estas compensaciones.

Además, se mantiene la posibilidad de solicitar la prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor.

Y se extiende también la posibilidad de que los arrendatarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad soliciten la moratoria o condonación de la renta cuando el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor -persona física con más de diez viviendas.

→ Se prorrogan la suspensión de los desahucios de personas en situación de vulnerabilidad social hasta el 28 de febrero de 2022.

→ Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual hasta el 28 de febrero de 2022.

Protección frente a la violencia de género

En cuanto a las medidas aplicadas en la lucha contra la violencia de género, persiste la consideración de servicios esenciales para la protección y asistencia a las víctimas. De este modo, las Administraciones Públicas competentes seguirán adoptando todas las medidas que resulten necesarias para garantizar la prestación, entre otros, del servicio de acogida, de información o de asesoramiento jurídico 24 horas a las víctimas de violencia género, con el apoyo al personal que presta servicios de asistencia social integral a las víctimas.

→ A los efectos de lo previsto en la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, se prorroga hasta el 28 de febrero de 2022 la consideración como esenciales de los servicios establecidos en sus artículos 2 a 5.

Modificación del RDL de medidas urgentes de apoyo a La Palma

En la norma se incluye una mejora de las ayudas para los trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica en la isla de La Palma con el fin de ampliar su cobertura. De esta forma, se modifica el RD 18/2021 para incluir tres nuevas ayudas, que conllevan una prestación y la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social y que sustituirán a la prestación vigente.