Desde el 28 de junio de 2023 se han implementado importantes cambios en los permisos laborales retribuidos en España recogidos en el Real Decreto 5/2023 en el Boletín Oficial del Estado, que tiene como objetivo promover la conciliación de la vida familiar y profesional, y seguir la normativa europea.
Estos nuevos permisos laborales buscan garantizar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y afectan en ámbitos diversos, desde el cuidado de menores hasta situaciones de enfermedad o fuerza mayor que impidan al trabajador desarrollar sus tareas con normalidad. En esta guía, te proporcionaremos una visión general de los nuevos permisos y los cambios asociados a cada uno de ellos.
Permiso parental: más flexibilidad para el cuidado de los hijos
Dentro del Real Decreto se recoge un cambio fundamental y significativo, dentro de estos permisos en lo referente a los hijos. El permiso no retribuido puede disfrutarse durante 8 semanas hasta que el menor cumpla 8 años. Durante lo que dure este permiso, como su nombre indica, no recibiremos pago salarial.
Se trata de una medida que proviene de la normativa europea y otorga a las familias una mayor flexibilidad para adaptarse a las necesidades de sus hijos/as. Puede cogerse de forma completa o parcial, en función de la necesidad.
Permiso por accidente o enfermedad grave: ampliación a 5 días
Otra novedad importante dentro de estos nuevos permisos laborales es la ampliación a 5 días del permiso por accidente o enfermedad grave. Antes de esta ley, los permisos laborales retribuidos tenían una duración de 2 a 4 días, en función de si había desplazamiento o no, y además las personas que podían acogerse a estos permisos debían estar directamente relacionadas con la persona, ya fuese por consanguineidad directa o a través de matrimonio.
A partir de ahora, se otorgan 5 días de permiso retribuido para las situaciones de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica. Es relevante tener en cuenta que este permiso se aplica tanto a la persona trabajadora que requiere el cuidado como a las personas que conviven con ella en el mismo domicilio, incluyendo parejas de hecho y familiares con-sanguíneos de la pareja de hecho, siendo esto una de las principales novedades, ya que se amplían estos derechos.
Derecho a ausentarse por fuerza mayor: 4 días al año
En el ámbito de las situaciones de fuerza mayor podemos ausentarnos hasta un total de 4 días al año, siendo retribuidos. Los motivos por los que podemos ausentarnos y disfrutar de un permiso laboral retribuido son familiares, urgentes o convivientes.
Como el tiempo de duración máxima contemplada para este permiso es de 4 días al año, está orientado hacia situaciones de emergencia o imprevistos que requieran de la presencia de la persona trabajadora.
En febrero de 2024, la Audiencia Nacional señalaba que este tipo de permisos deben ser retribuidos porque suelen ser usados para situaciones de emergencia relacionadas con los hijos, siendo en su mayor parte las mujeres las que se encargan de cogerlos, por lo que de no ser retribuidos contribuirían en hacer crecer más aún la brecha de género.
Adaptación de jornada: ampliación hacia cónyuge, pareja de hecho, familiar consanguinidad 2º o dependientes que convivan
En este caso se han ampliado las situaciones en las que se puede solicitar una adaptación de la jornada, contemplando también al cónyuge, la pareja de hecho, familiares con consanguinidad hasta 2º y convivientes del trabajador.
De esta manera se amplía el derecho para poder compatibilizar mejor el cuidado de personas enfermas o que sean dependientes. En caso de que la empresa se oponga a esta solicitud, deberá justificar su negativa o presentar una solución alternativa. Este proceso también ha experimentado un cambio, pasando de 30 días de negociación a 15.
Otros cambios relevantes en los permisos
Además de los permisos mencionados en las líneas anteriores, se equipara el permiso por fallecimiento a los casos de matrimonio y pareja de hecho, aunque siguen siendo 2 días de permiso retribuido. Ocurre lo mismo con los permisos de matrimonio, donde también se equiparan las parejas de hecho.
En cuanto a la reducción de jornada por cuidados familiares, se incluye al cónyuge y la pareja de hecho, siempre y cuando no puedan valerse por sí misma, ya sea por accidente, enfermedad o edad.
Una novedad en estos nuevos permisos laborales de 2023 es que introduce el supuesto de parto múltiple o nacimiento de hijo con discapacidad, si solo hay un progenitor/a, se puede ampliar el permiso laboral dos semanas.
(ACTUALIZADO 2024) Se introduce la novedad del permiso retribuido de 20 horas anuales de formación, de esta forma se pueden realizar formaciones siempre y cuando sean de la misma temática del sector en el que se trabaja, pero no tienen por qué ser para el mismo puesto que se desempeña o estar dentro del mismo grupo profesional.
La empresa en este sentido dará una serie de facilidades como poder acudir a exámenes (desplazamientos incluidos, pero a menos que se indique en el Convenio no será retribuido), elección del turno de trabajo dentro de los horarios de la empresa, teletrabajo y adaptación de la jornada para asistir a formaciones y cursos.
En conclusión, los nuevos permisos laborales retribuidos para el año 2023 en España son un avance en el sentido de la igualdad y la conciliación de la parte familiar y laboral, contemplando una mayor cantidad de escenarios y personas por las que podemos obtenerlos.
Estos cambios proporcionan una mayor flexibilidad también para el cuidado de los menores, y para las situaciones urgentes. Eso sí, debemos tener en cuenta que algunos permisos, como el permiso parental de 8 semanas, no es retribuido, por lo que es necesario evaluar cuidadosamente los derechos y obligaciones correspondientes.
Si necesitas información más detallada sobre los permisos retribuidos para 2024, te recomendamos consultar la normativa oficial o recurrir a un asesor laboral para clarificar tu situación.