>>Calendario fiscal 2023<<

Queda algo menos de un mes para que se abra el plazo para presentar la declaración de la renta. Esto es algo que suele generar, año tras año, numerosas dudas entre los contribuyentes. También , por supuesto, para el trabajador autónomo.

 

Por eso queremos hacerte un poco más fácil este trámite. Aquí te presentamos cuatro cuestiones muy importantes que debes saber si eres autónomo y tienes que hacer frente a la declaración de la renta.

 

1. ¿Qué plazos debo tener en cuenta?

 

 

 

Este año, la campaña de la RENTA dará comienzo el día 6 de abril y finalizará el 30 de junio.

 

Si el autónomo presenta su declaración por Internet a través de la página web de la Agencia Tributaria, lo podrá hacer desde el 6 de abril.

 

Si la opción elegida es vía telefónica, siempre con cita previa, el inicio será el 5 de mayo. Y si se escoge la presentación del IRPF de forma presencial en las oficinas autorizadas, el 1 de junio se abrirá dicha posibilidad.

 

El último día para domiciliar la declaración de la renta será el 27 de junio si sale a ingresar.

 

El 30 de junio será el último día que tendrán los autónomos para presentar su declaración de IRPF. En cualquier declaración que se presente más allá de ese día, si saliera a ingresar, ya se aplicarían intereses e incluso se podría sancionar.

 

2. ¿Qué autónomo debe presentar la declaración de la renta?

 

 

 

Solo aquellos autónomos que presenten unos rendimientos netos superiores a los 1.000 euros anuales (los de su actividad económica con rendimientos del capital, trabajo y ganancias patrimoniales en conjunto) estarán obligados a presentar la declaración de la renta, salvo que quieran beneficiarse de las deducciones que en ella se aplican.

 

Por lo tanto, prácticamente, todo autónomo que desarrolle una actividad económica por cuenta propia tendrá que presentar la declaración de la renta.

 

3. ¿Qué gastos son deducibles en el IRPF?

 

 

 

Los gastos deducibles en el IRPF son aquellos que Hacienda te permite deducir de tus ventas e ingresos para calcular el beneficio de tu actividad, que es sobre el que se aplicará el porcentaje de IRPF que te corresponda.

 

Para considerarse gastos deducibles, deben cumplir una serie de requisitos:

 

  • Deben ser gastos vinculados a la actividad económica realizada por el autónomo, o como dice Hacienda, que estén “afectos” a la misma”.
  • Deben encontrarse convenientemente justificados mediante las correspondientes facturas. En ocasiones pueden valer recibos o factura simplificada siempre que aparezcan todos tus datos fiscales.
  • Deben estar registrados contablemente por el autónomo en sus correspondientes libros de gastos e inversiones.

 

4. Novedades que afectarán a los autónomos en 2022 en la declaración del IRPF

 

 

 

 

 

  • Por un lado, en las declaraciones de este año ya se aplicará una subida de dos puntos en el IRPF de las rentas del capital por encima de 300.000 euros y de tres puntos en el tipo para los rendimientos del trabajo de más de 200.000 euros, del 45% al 47%.
  • En los planes de pensiones individuales, el importe desgravable de la base imponible del IRPF baja de 8.000 euros a 2.000 euros.